A través de la Resolución 3031 del 30 de agosto de 2023, el Ministerio del Trabajo determinó que todos los empleadores que actualmente cuenten con una autorización para laborar horas extras, que no tenga un término de vigencia específico, deberán tramitar la actualización de dicha autorización ante la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo de su jurisdicción, en un término de seis (6) meses a partir de la fecha de vigencia de la resolución (30 de agosto de 2023).
Así mismo, indicó el Ministerio del Trabajo, esta autorización no podrá superar un término de dos (2) años, y durante los seis (6) meses dados para tramitar la actualización, la autorización con que cuenta el empleador seguirá siendo válida, pero una vez superado este término, las autorizaciones que no hayan sido actualizadas perderán su vigencia.
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